Uno de los principales servicios de las asesoría para autónomos en Getxo es la llevanza de todas las gestiones de carácter fiscal del autónomo. Pero además de ello, conviene siempre que elaboremos un calendario de plazos y hacer conocedor al cliente del mismo, para que siempre sepas cuándo se efectúan los pagos de los impuestos trimestrales y puedas hacer tus previsiones al respecto.

Como autónomo, tendrás que liquidar trimestralmente dos impuestos: el IVA (modelo 303) y el pago fraccionado de IRPF (modelo 130 o 131). El plazo de devengo de los mismos corresponde siempre a cada uno de los trimestres naturales del año, y la liquidación y el pago se lleva a cabo entre los días 1 y 20 del mes siguiente, salvo en el mes de enero, en el que hay margen para hacerlo hasta el día 30.

En cuanto a los impuestos, no todos los autónomos tendréis las obligaciones descritas, aunque lo más frecuente es que así sea. Pero en nuestra asesoría para autónomos en Getxo te pueden explicar las excepciones. Por ejemplo, no estarán sujetos a la presentación del 303 aquellos emprendedores que realicen actividades sin IVA. ¿Cuáles son las más frecuentes? Muchos tipos de enseñanza reglada, los servicios médicos o sanitarios, ciertas actividades artísticas, las operaciones de seguro y la intermediación financiera, entre otras.

En cuanto al 130 y el 131 (el primero afecta a los empresarios sujetos a estimación objetiva que pagan en función de su beneficio, el segundo a los sujetos a módulos que abonan una cuota fija) no te afectarán si ejerces alguna actividad profesional, como por ejemplo la abogacía, ingeniería, diseño, etc.

Para saber más sobre tu caso concreto y elaborar un plan de gestión y actuación con tu negocio, ponte en contacto con Asesoría Areeta. Te orientaremos y facilitaremos las tareas fiscales para que no te supongan ningún problema en el día a día.