Cuando, a consecuencia de una enfermedad o accidente, necesitamos una asesoría de autónomos en Getxo, debemos saber que no es lo mismo que seamos trabajadores en régimen de autónomos que trabajadores por cuenta ajena o funcionarios públicos.
Esas diferencias son muy importantes a la hora de fijar posibles indemnizaciones después de realizar la correspondiente valoración de la incapacidad laboral.
En el caso de que estemos en el régimen de autónomos, los requisitos necesarios para solicitar una baja laboral implican estar al corriente de nuestras obligaciones fiscales y haber cotizado más de 180 días. Las posibles cantidades a percibir dependerán de nuestra base de cotización.
Esto no es igual si somos trabajadores por cuenta ajena o funcionarios. Aunque las empresas y el estado han endurecido las condiciones para las situaciones de enfermedad común, las cantidades a percibir se establecen en función del sueldo y la base de cotización, que generalmente suele ser mucho más alta que la del autónomo.
Esto supone que si somos autónomos tenemos que o bien aumentar la base de cotización o complementar con un seguro privado las posibles pérdidas económicas por una situación de incapacidad laboral y mantener el mismo poder adquisitivo que si mantenemos la actividad laboral.
En cualquier caso, será obligatorio que los médicos nos hagan el correspondiente seguimiento y según los requisitos que marca la ley: a través de la Seguridad Social o acudiendo a la mutua de accidentes de trabajo que haya establecido la Administración Púbica.
En Asesoría Areeta somos una asesoría de autónomos en Getxo que dispone de verdaderos profesionales. Llámanos e infórmate sin compromiso.